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Pesamos y medimos todo en nuestras instalaciones

Escrito por Liberacion 2000 Carmen Ruiz. Posteado en Noticias

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¿Vosotros como cubicáis los envíos? ¿según peso volumétrico? ¿solo por peso? ¿os influyen las medidas?

Muchos son los clientes que nos preguntan por nuestra manera de tarifar los servicios, queremos ayudaros a comprender como lo hacemos actualmente en NACEX, con vuestros envíos.

En todos nuestros servicios en ámbito terrestre, tarifamos nuestros envíos según su peso y medida real del bulto en cms. (sumando sus tres lados, alto + ancho + largo en cms.), no según el peso volumétrico, ni por el espacio que pueda ocupar el mismo en nuestros vehículos.

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Nuestras tarifas son para expediciones de paquetes que no superen los 100 cms. sumando ancho + largo + alto en cms.

Cuando la suma de las tres dimensiones de un bulto (alto + ancho + largo) esté comprendido entre 101cm. y 150cm., el precio de la expedición se incrementará en un módulo base, según servicio y destino. Por cada 50 cms. adicionales a partir de 100 cms. se incrementa el precio de la expedición, en lo que nosotros llamamos “exceso de medidas”.

Si la suma de dichas dimensiones está comprendida entre los 151cm. y 200cm. (medida máxima permitida), el precio de la expedición se incrementará en dos excesos de medidas. El coste del exceso de medidas es el precio de la fracción de 5 Kg. adicional en el servicio NACEX 19:00 h y Portugal 19:00 h. En el resto de servicios premium según el coste del modulo base de 0-5 Kg.

A partir de 200 cms. de medidas por bulto tenemos que solicitar autorización de salida del envío.

El peso máximo autorizado por bulto es de 40 Kg., a excepción de los servicios Plusbag, Pluspack y Nacex Promo.

A partir de este peso, igual que en los casos de medidas superadas, tenemos que solicitar la autorización correspondiente de salida a las partes implicadas en la trazabilidad del bulto.

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En donde si aplicamos la formula del calculo de peso volumétrico es en aquellos envíos que viajan vía aérea, es decir: Baleares, Canarias, Ceuta, Melilla, Azores y Madeira). Se multiplican las tres medidas del bulto (alto x ancho x largo en cm. / 6000 = Kg.), (m3 = 167kg.),  el peso facturable del envío será siempre el mayor ; o resultante de la formula del calculo volumétrico o el peso real de la expedición, no aplicándose el suplemento por exceso de medidas.

 

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Esperamos haber resuelto vuestras dudas, mientras, en caso de necesitar más información al respecto no dudéis en consultar el siguiente apartado:  www.liberacion2000.com/servicios y www.nacex.es