Aduanas – Envíos a Andorra
Siempre he pensado hacer entradas para intentar explicar los gastos aduaneros cuando queremos enviar cualquier tipo de expedición a aquellos lugares donde existen las Aduanas.
Además de todos aquellos países que están fuera de la UE y tenemos asumido dichas Aduanas, muchas veces lo que nos es imposible explicar es que la misma situación se da dentro de nuestro país como es el caso de Canarias, Ceuta y Melilla, ya que los impuestos de dichos destinos son diferentes al I.V.A. de península.
En esta ocasión, vamos a hablar del más fácil y entendible, como es el caso del Principado de Andorra.
Como el Principado de Andorra no pertenece a la UE, hay que pasar la mercancía por dos pasos fronterizos.
Según su contenido, los envíos con origen o destino Andorra los dividiremos en dos grupos:
- Documentos: Documentos hasta 5 kg que no hayan pasado por imprenta (DNI, Pasaportes, Impresos rellenos, etc.).
- Muestras/Paquetería: Resto de mercancías o documentación que haya pasado por imprenta (Impresos sin rellenar, Folletos, Catálogos, etc.) o documentación que no haya pasado por imprenta con peso superior a 5 kg.
Los envíos deben ir acompañados de factura comercial original y 5 copias (no fotocopias), en el caso de envíos de particulares se aportará una declaración jurada.
Por Ley, los gastos de los diferentes conceptos de Tramitación aduanera e Impuestos, salvo previo aviso del cliente, son de la siguiente forma:
- En el caso de envíos destino Andorra;
Aduana Peninsular y gestión Andorra para abonar en Origen, Aduana Andorrana e Impuestos para abonar en Destino.
- En el caso de envíos origen Andorra:
Aduana Andorrana para abonar en Origen, Gestión Andorra, Aduana Peninsular e Impuestos para abonar en Destino.
Las Autoridades Sanitarias de Andorra, no permiten el paso por la aduana de productos perecederos que no vayan acompañados del correspondiente.
En este año 2017 ha habido una modificación sobre este tema, resaltando los siguientes puntos:
Nuevo decreto que afectará a las exportaciones e importaciones con destino Andorra
En el BOPA del 26 de Abril del 2017 del Gobierno de Andorra, aparece un decreto que entrará en vigor el próximo 1 de Julio de 2017 y afectará a las importaciones y exportaciones a Andorra.
En el decreto aparecen los siguientes puntos:
Articulo 1
Todas las facturas y otros documentos de efecto equivalente, que acompañen las exportaciones/importaciones comerciales que se efectúen en la Aduana Andorrana, han de indicar necesariamente el Número de Registro de Comercio e Industria así como el Número de Registro Tributario de la persona física o jurídica que efectúe el trámite aduanero correspondiente.
Articulo 2
A partir del día 1 de julio de 2017, la Aduana Andorrana, denegará la entrada o la salida de toda expedición comercial de mercancías, que no contenga en todos los documentos aduaneros que la acompañen, el Número de Registro Tributario del importador o exportador Andorrano.
Nota: Todas las personas físicas (particulares) residentes en Andorra, tienen un Número de Censo, este número es el Número de Registro Tributario y es el mismo que el de la Seguridad Social Andorrana, no siendo valido el número de pasaporte.
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